El juicio por el caso Vivotecnia concluyó con la absolución de los técnicos acusados de maltrato animal, cinco años después de que una trabajadora infiltrada revelara mediante grabaciones ocultas presuntas prácticas crueles dentro del laboratorio de experimentación animal ubicado en Tres Cantos. La denunciante, identificada como Carlota Saorsa, perdió además su condición de testigo protegido por decisión judicial.
El caso se originó entre 2018 y 2020, cuando Saorsa ingresó como trabajadora encubierta en el laboratorio Vivotecnia, empresa dedicada a ensayos para la industria farmacéutica y cosmética. Durante aproximadamente 18 meses registró imágenes de animales sometidos a experimentación en las instalaciones de Tres Cantos, en la Comunidad de Madrid.
En abril de 2021, la organización Cruelty Free International difundió los videos grabados por la infiltrada. Las imágenes mostraban a técnicos manipulando con violencia a perros, conejos, monos, ratas y otros animales utilizados en ensayos científicos. También se escuchaban insultos y burlas dirigidas mientras eran sometidos a procedimientos invasivos.
La publicación de las grabaciones provocó una fuerte reacción en la opinión pública española. Organizaciones como AnimaNaturalis, Partido Animalista con el Medio Ambiente (PACMA) y Fundación para el Asesoramiento y Acción en Defensa de los Animales (FAADA) convocaron manifestaciones frente al laboratorio en reclamo del cierre definitivo de la empresa. La Comunidad de Madrid suspendió de manera temporal la actividad de Vivotecnia tras detectar indicios “graves” de irregularidades, aunque el laboratorio retomó sus operaciones.
La investigación judicial avanzó a partir de las grabaciones y de peritajes realizados por especialistas y agentes de la Guardia Civil. Sin embargo, la causa no terminó imputando penalmente a la empresa, sino únicamente a dos técnicos identificados como Rubén C. M. y Carlos M. L.
La Fiscalía acusó a ambos trabajadores de delitos de maltrato animal ocurridos en 2019. Para uno de ellos solicitó un año de prisión y para el otro once meses, además de inhabilitación para trabajar con animales.
El juicio oral comenzó el 7 de mayo de 2026 en Madrid. Durante las audiencias, declararon varios trabajadores y exempleados de Vivotecnia, inspectores de la Comunidad de Madrid, agentes ambientales de la Guardia Civil, peritos y la propia denunciante. También se exhibieron las grabaciones realizadas dentro del laboratorio.
Uno de los puntos más controvertidos del proceso fue la situación judicial de Carlota Saorsa. El juez instructor decidió retirarle la condición de testigo protegido antes del juicio al considerar que no existía riesgo concreto para su integridad física o laboral. Tanto la Fiscalía como AnimaNaturalis, PACMA y FAADA pidieron mantener el anonimato de la denunciante hasta el final del proceso. Cruelty Free International sostuvo que la exposición pública podía derivar en represalias contra ella y su entorno.
Finalmente, el 18 de mayo el tribunal absolvió a los dos acusados. En uno de los casos, la Justicia consideró que no pudo probarse que un conejo hubiera sufrido lesiones graves o muerto a raíz de una eutanasia mal ejecutada. En el otro, el juez reconoció que las extracciones de sangre realizadas a ratas sin anestesia suficiente provocaron sufrimiento innecesario, aunque concluyó que un eventual delito leve ya había prescrito.
La sentencia también validó el uso judicial de las grabaciones ocultas obtenidas por la trabajadora infiltrada. El tribunal sostuvo que las imágenes podían admitirse como prueba porque fueron registradas dentro de un entorno profesional y por una persona vinculada de manera laboral con la empresa. Tras la absolución, AnimaNaturalis, PACMA y FAADA criticaron el veredicto y cuestionaron la eficacia de la legislación española para sancionar el maltrato animal en laboratorios de experimentación.
En ese contexto, distintas entidades continúan impulsando iniciativas ciudadanas para eliminar estas prácticas, como Save Cruelty Free Cosmetics, promovida ante la Unión Europea.
Que el conocimiento no se extinga.